La Cámara del Agro (Camargo) planteó esta semana una acción de inconstitucionalidad parcial contra los textos en los artículos 1 y 2 del Acuerdo de Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), realizaron un comunicado en el cual se expresaba que se había planteado la acción legal considerando que la normativa emitida llega a violentar el principio de legalidad, jerarquía constitucional y obligaciones internacionales asumidas por Guatemala.
La directora ejecutiva de Camagro Carla Caballeros explicó que la acción no se refiere a la totalidad de los dos artículos sino simplemente a algunos fragmentos, en el caso del artículo 1 se subrayó el fragmento del tercer párrafo que dice: Las cuotas se calcularán con base en el salario mínimo total del trabajador, que comprende el devengado durante las jornadas ordinarias, extraordinarias y bonificaciones, excepto aquellas cuyas leyes de creación las excluyan, siempre que el salario total no sea menor al monto base para el cálculo de la contribución mensual mínima a la Seguridad Social; caso contrario, se deberá utilizar este último para realizar el cálculo de las contribuciones a la Seguridad Social. Y en el caso del artículo 2 se resaltó el séptimo párrafo que señala: El monto base para el cálculo de la contribución mínima mensual a la Seguridad Social será aplicable única y exclusivamente en los casos en que el trabajador devengue un salario menor a dicha base. Quedando a cargo del patrono el pago del monto equivalente a la diferencia entre la contribución mínima y la suma de las contribuciones laboral y patronal calculados con base al salario devengado efectivamente por el trabajador.
El representante del sector sindical Adolfo Lacs comentó que el objetivo de estas nuevas disposiciones es el poder garantizar la capitalización del IGSS ya que, hasta el momento, se tiene acostumbrado el calcular la cuota sobre la base del salario que pagan a los trabajadores sin importar que se trabaje menos de 8 horas, y al momento de que estos requieran los servicios médicos la institución cubre el 100% de dichos gastos.
Lacs también finalizó diciendo que el fin no es estar vigilando si el patrono comete fraude al salario mínimo mientras el trabajador labora más de 8 horas cobrando menos del salario mínimo ya que esa labor le pertenece al Ministerio de Trabajo, realmente lo que este Acuerdo pretende es asegurar los ingresos legítimos, honestos y legales que le correspondan al IGGS.