marzo 14, 2022

¿Cómo saber qué Régimen de ISR o IVA me conviene?

Antes de iniciar un negocio es importante tomar en cuenta las siguientes indicaciones: es imprescindible realizar un presupuesto de inversión inicial y realizar un costeo de los productos o servicios para poder determinar la ganancia que se obtendrá y determinar de una mejor manera el régimen de Impuesto Sobre la Renta o Impuesto sobre el […]

Por: Equipo Cae Asesorías

marzo 14, 2022
Antes de iniciar un negocio es importante tomar en cuenta las siguientes indicaciones: es imprescindible realizar un presupuesto de inversión inicial y realizar un costeo de los productos o servicios para poder determinar la ganancia que se obtendrá y determinar de una mejor manera el régimen de Impuesto Sobre la Renta o Impuesto sobre el Valor Agregado que le traerá un mejor beneficio. En Guatemala el ISR cuenta con dos regímenes: sobre las Utilidades Lucrativas y Opcional Simplificado sobre Ingresos de Actividades Lucrativas. De igual manera el IVA cuenta con dos regímenes: General y Pequeño Contribuyente.

ISR

El primero establece el 25% sobre la Ganancia la cual se determina cada 3 meses con pagos trimestrales y una liquidación al final del ejercicio fiscal. El segundo se paga el 5% o 7% sobre el monto facturado mensualmente. Para determinar que opción de ISR me conviene elegir, si en mi determinación de costos y gastos el porcentaje de ganancia es arriba del 30% es mejor elegir el Régimen Opcional Simplificado sobre ingresos porque se puede descontar el porcentaje establecido y el restante queda como la ganancia neta. Esta opción se considera favorable porque no hay que determinar costos y gastos, y no está afecto al Impuesto de Solidaridad, tampoco a presentar informe de inventarios semestralmente.

IVA

El Régimen General indica que se debe sumar el 12% sobre cada venta y que se pueden compensar con el IVA de las compras para el funcionamiento del negocio y generar rentas según lo indica la Ley del IVA. Se debe de pagar la diferencia y si queda saldo a favor se puede correr el crédito fiscal hasta que se agote. La opción del Régimen de Pequeño Contribuyente indica que hay que pagar el 5% sobre el monto facturado, la limitante que presenta este régimen es que solo se puede facturar hasta Q150,000.00 de manera anual, por otro lado, el lado positivo es que este no está afecto a el Impuesto Sobre la Renta.

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