marzo 19, 2025

Cambios en los regímenes de SAT

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) ha incorporado ocho nuevos requerimientos generales en el decreto 31-2024; en el artículo de hoy te los compartimos y clarificamos dicha información. Este nuevo acuerdo entrará en vigor a partir del 9 de abril del presente año. También, además de establecer dos nuevos regímenes simplificados y algunos cambios al […]

Por: Equipo CAE

marzo 19, 2025

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) ha incorporado ocho nuevos requerimientos generales en el decreto 31-2024; en el artículo de hoy te los compartimos y clarificamos dicha información.

Este nuevo acuerdo entrará en vigor a partir del 9 de abril del presente año. También, además de establecer dos nuevos regímenes simplificados y algunos cambios al pequeño contribuyente, añaden algunas disposiciones generales.

  1. Implementación generalizada del número de identificación tributaria (NIT) no solamente para aspectos fiscales, sino también para relaciones civiles, mercantiles, laborales-patronales, transacciones financieras, notariales, gestiones administrativas y judiciales.
  2. Al momento de actualizar el Registro Tributario Unificado (RTU), se deberá agregar nombres completos o razón social de los socios de una persona jurídica.
  3. En el momento en que la SAT lo disponga, se deberá de consignar la georreferenciación de los centros de operación contribuyente.
  4. Los entes que se encargan de personas jurídicas deberán de brindarle a la SAT toda la información requerida y cualquier cambio en los registros de dichas personas.
  5. El contribuyente cuya información registral sea inconsistente deberá regularizar su situación lo más pronto posible; por lo contrario, la SAT tendrá el pleno derecho de inhabilitarlo en el régimen del IVA.
  6. Los contribuyentes que declaren sin movimiento durante 12 meses consecutivos podrán ser inhabilitados; tiempo después podrán recobrar su condición según los procedimientos que la SAT determine.
  7. Será obligatorio actualizar y ratificar los datos de inscripción cada año, dentro del mes de nacimiento y de constitución en caso de que sea persona jurídica. Si no se realiza esta acción, no se podrá hacer ninguna gestión en la SAT.
  8. Para el tema de permisos y licencias, la SAT estableció la obligación a las entidades del Estado de verificar, antes de otorgar permisos o licencias de operación, que un requisito indispensable es que el solicitante se encuentre inscrito en la SAT como un contribuyente del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Prensa Libre. [@prensa_libre]. (18 de marzo de 2025). #CambiosRegímenesSAT: El Decreto 31-2024 traerá grandes cambios fiscales a partir del 9 de abril de 2025. Además… [Imagen]. Instagram. https://www.instagram.com/p/DHWSpMuuzof/?igsh=NDh6eW9vYW8xNDhu


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